Cierto alcalde jerezano dijo una vez que la "Justicia es un cachondeo" y por decir eso fue condenado a SEIS AÑOS Y UN DIA de inhabilitación para ejercer cargos públicos.
Si alguien dijera de la Justicia española algo que no fuera mejor que eso, seguramente recibiría un castigo proporcional, por lo que los que la conocemos nos tenemos que callar sin poder ofrecer mejores definiciones sobre la verdadera realidad judicial española.
En mi experiencia profesional, y la de mis colegas de profesión, he podido comprobar que los Jueces y Magistrados españoles no respetan el principio de legalidad casi nunca, y basan sus sentencias en refranillos populares cuando no en gilipolleces de cosecha propia. Dicen alegremente lo que les sale de las narices y si alguien se atreve a alegar que eso no es lo que dice la Ley viene un Tribunal superior y lo refrenda con la mayor pachorra del mundo.
Si no se respeta la Ley, menos aún el principio de jerarquía normativa, o sea, las demás fuentes de Derecho que suplen las lagunas legales y complementan la legislación vigente.
Luego dicen que la culpa es de los abogados que recurren demasiado...
El Código Penal, en su artículo 121, establece la responsabilidad de la Administración por el anormal funcionamiento de la justicia con estas palabras:
"El Estado, la Comunidad Autónoma, la provincia, la isla, el municipio y demás entes públicos, según los casos, responden subsidiariamente de los daños causados por los penalmente responsables de los delitos dolosos o culposos, cuando éstos sean autoridad, agentes y contratados de la misma o funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos o funciones siempre que la lesión sea consecuencia directa del funcionamiento de los servicios públicos que les estuvieren confiados, sin perjuicio de la responsabilidad patrimonial derivada del funcionamiento normal o anormal de dichos servicios exigible conforme a las normas de procedimiento administrativo, y sin que, en ningún caso, pueda darse una duplicidad indemnizatoria.
Si se exigiera en el proceso penal la responsabilidad civil de la autoridad, agentes y contratados de la misma o funcionarios públicos, la pretensión deberá dirigirse simultáneamente contra la Administración o ente público presuntamente responsable civil subsidiario."
Esa es la verdadera razón de que aquí jamás se toque a un Juez o Magistrado pese a que reitere una y otra vez el incumplimiento de la Ley y demás fuentes de Derecho. ¿Cómo va a cumplir la Ley quien no la conoce?, y ¿cómo va a cumplir la jurisprudencia, el Derecho extranjero y los principios generales del Derecho sin ni tan siquiera conocer la Ley ni molestarse en abrir los libros para conocerla?.
También hay que citar aquí el Código Penal en sus artículos 446 y especialmente el 447:
El primero dice que:
"El Juez o Magistrado que, a sabiendas, dictare sentencia o resolución injusta será castigado:
1. Con la pena de prisión de uno a cuatro años si se trata de sentencia injusta contra el reo en causa criminal por delito y la sentencia no hubiera llegado a ejecutarse, y con la misma pena en su mitad superior y multa de doce a veinticuatro meses si se ha ejecutado. En ambos casos se impondrá, además, la pena de inhabilitación absoluta por tiempo de diez a veinte años.
2. Con la pena de multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a diez años, si se tratara de una sentencia injusta contra el reo dictada en proceso por falta.
3. Con la pena de multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de diez a veinte años, cuando dictara cualquier otra sentencia o resolución injustas".
Y el siguiente artículo que:
"El Juez o Magistrado que por imprudencia grave o ignorancia inexcusable dictara sentencia o resolución manifiestamente injusta incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos a seis años".
¿Qué es imprudencia grave? ¿e ignorancia inexcusable? Por lo visto la ignorancia generalizada de los jueces no es lo bastante grave. Ni por lo visto es imprudente decir que llevar minifalda justifica una violación, ni muchas de las otras argumentaciones judiciales que hemos visto en la prensa, que desde luego no es lo que enseñan en la Facultad de Derecho ni se parecen.
Si Garzón, el chispeante juez, justiciero de dictadores muertos, colaborador y encubridor de criminales, solamente fue "apartado" de la carrera judicial con todo su bagage de prevaricaciones y archivos de asuntos flagrantemente delictivos, ¿qué podemos esperar en un asunto mucho menos flagrante?. En España ningún Juez pisará un centro penitenciario en la vida, haga lo que haga, porque es imposible saber cuándo se prevarica conscientemente y cuándo no.
En este país manda más la corrupción encubierta y amparada por este sistema de "Justicia" que ni defiende ni aplica la Ley o el llamado "interés general". Habrá corrupción mientras esta casta de jueces complacientes con los poderosos no sea expulsada de los cargos que usurpan. Porque siguen allí gracias a la connivencia con los corruptos.
El Consejo General del Poder Judicial, esa pequeña comisión designada por el Congreso para aparentar que aquí existe la división de poderes que inventó Montesquieu, nada hace por evitar estos abusos. Si algún Juzgador comete una falta grave o muy grave le imponen (en el mejor de los casos) la sanción más leve prevista por el Ordenamiento: el apercibimiento. Y para que no conste en su expediente (faltaría más) le aperciben mediante una llamadita al Juez Decano o al Fiscal Jefe de su jurisdicción para que le dé una pequeña charla y le diga que no les haga quedar mal. Y no se hable más.
El Consejo General del Poder Judicial, esa pequeña comisión designada por el Congreso para aparentar que aquí existe la división de poderes que inventó Montesquieu, nada hace por evitar estos abusos. Si algún Juzgador comete una falta grave o muy grave le imponen (en el mejor de los casos) la sanción más leve prevista por el Ordenamiento: el apercibimiento. Y para que no conste en su expediente (faltaría más) le aperciben mediante una llamadita al Juez Decano o al Fiscal Jefe de su jurisdicción para que le dé una pequeña charla y le diga que no les haga quedar mal. Y no se hable más.
Por ese motivo, para solucionar los problemas de la Justicia sin echar a la puta calle a todos los patanes que se lo merecen, han inventado las tasas judiciales.
La tasa, según lo definen los analistas, es una de las formas de financiar un servicio público.
¿debe pagar quien recibe un mal servicio, por ejemplo quien demanda en tiempo y forma y recibe con un retraso excepcional una resolución judicial normalmente desacertada? Desacertada no porque sea injusta (dado que nuestro sistema no garantiza una resolución justa, como reiteran los Tribunales Supremo y Constitucional) sino porque no concuerda con la Ley ni con las demás fuentes de Derecho, a primera vista y sin entrar en discusiones.
Pongamos por ejemplo que una de las partes recurre y le dan la razón, luego es verdad que la sentencia o Auto eran desacertados...¿le devuelven las tasas de ambas instancias, la primera debido a que la resolución no era ajustada a derecho y la segunda porque es consecuencia de la primera?
La saturación de la Justicia no se soluciona impidiendo el acceso de los ciudadanos a la misma. En un país donde ninguna compañía de seguros cumple con sus responsabilidades "por las buenas" porque no lo hace ningún deudor, y significativamente el Estado, no es justo que además de ser la Justicia el único mecanismo de acceder a tus derechos, tengas que pagar para que los que deberían pagar dispongan de larguísimos plazos para dilatar el cumplimiento de sus obligaciones.
Al final, acudir a la Justicia es como comprar un boleto de lotería: poner mucha fe y esperar que, contra toda estadística, tengas la suerte de que graciosamente "te den" la razón por el mero hecho de tener razón.
Y en cuanto a cobrar lo que a uno le deben, eso ya es ciencia ficción. Con suerte, paciencia y un gasto tremendo, cobran muy pocos o sus herederos. Por eso la morosidad que hay en España es tanta, porque nadie lo impide.
Ni tan siquiera los bancos cobran lo que se les debe. Eso sí, embargan y subastan a su antojo los bienes del deudor, pero sólo por joder, no para recuperar el dinero prestado. La Justicia hasta ahora les ha hecho el caldo gordo mediante innumerables argumentaciones de los Tribunales que han mantenido hasta ahora el sistema bancario inmune a cualquier demanda de usura u oscuridad de las cláusulas contractuales. Al primer vistazo las autoridades comunitarias han podido ver que toda esa palabrería tribunalesca eran puras memeces y que la protección al ciudadano ante los abusos bancarios no es que sea poca o difícil, es que no existe.
Ha tenido que ser un tribunal europeo el que le recuerde a la Justicia y a las autoridades españolas que las leyes de protección de los consumidores están para cumplirse y que deben poder invocarse ante los Juzgados y Tribunales antes de que se ejecute la reclamación del banco.
De momento las ejecuciones hipotecarias se han demostrado indefendibles, y espero que dentro de poco esa mera constatación de las autoridades europeas se aplique también al resto de ejecuciones bancarias ya que en los juicios ejecutivos instados por esas entidades hay la misma transparencia que en un cubo de mierda. Estos procesos ejecutivos, con embargo automático y simultáneo, se basan en certificados notariales de que "es correcta, a su criterio, la liquidación de la póliza", o sea, que el saldo de la deuda indicado por el Banco es exacto, ni más ni menos lo que el ciudadano debe. No sé por qué la mera opinión a primera vista o impresión de un Notario puede dar fe de nada en una póliza bancaria que no venga acompañada de un extracto de cuenta, al menos. Un economista podría opinar, un auditor certificar, pero un notario qué pinta en todo eso. Los notarios que "dan fe" de que la liquidación se practicó correctamente no están obligados a comprobarlo desde el punto de vista aritmético ni por tanto pueden dar fe de algo que no han comprobado. Eso (tan obvio) no impide a nuestra zalamera "Justicia" reírles las gracias a Bancos y Notarios y crear una nube jurisprudencial de argumentos para poder tramitar mudamente y en demérito del derecho a la tutela judicial efectiva las demandas ejecutivas bancarias sin tan siquiera examinar con un lápiz y un papel, o una calculadora, si es posible decir que procede seguir adelante una demanda cuya cuantía es imposible determinar con los documentos que suelen acompañarse. Por eso dicen que sí, que "procede seguir adelante", porque es lo más fácil y pueden imponer la misma sentencia una y otra vez, por el sencillo método de copiar un modelo que sirva para decir lo mismo siempre.
El principio de que las cláusulas oscuras deben perjudicar a quien las pone nunca ha sido aplicado a las entidades bancarias (en España, en otros países no sé), principalmente porque las leyes permiten a los Bancos acogerse a procedimientos especiales en que la parte perjudicada no tiene ni tan siquiera la posibilidad de alegar esos abusos. Por si fuera poco, las sentencias de nuestros altos tribunales han consolidado el principio de que esas cláusulas siempre se firman voluntariamente ya que "siempre se puede acudir al préstamo de otra entidad bancaria". Las palabras "monopolio" y "oligopolio" no han tenido entrada en nuestro sistema jurídico porque ni la judicatura ni las autoridades supervisoras admiten su existencia.
Ha tenido que ser un tribunal europeo el que le recuerde a la Justicia y a las autoridades españolas que las leyes de protección de los consumidores están para cumplirse y que deben poder invocarse ante los Juzgados y Tribunales antes de que se ejecute la reclamación del banco.
De momento las ejecuciones hipotecarias se han demostrado indefendibles, y espero que dentro de poco esa mera constatación de las autoridades europeas se aplique también al resto de ejecuciones bancarias ya que en los juicios ejecutivos instados por esas entidades hay la misma transparencia que en un cubo de mierda. Estos procesos ejecutivos, con embargo automático y simultáneo, se basan en certificados notariales de que "es correcta, a su criterio, la liquidación de la póliza", o sea, que el saldo de la deuda indicado por el Banco es exacto, ni más ni menos lo que el ciudadano debe. No sé por qué la mera opinión a primera vista o impresión de un Notario puede dar fe de nada en una póliza bancaria que no venga acompañada de un extracto de cuenta, al menos. Un economista podría opinar, un auditor certificar, pero un notario qué pinta en todo eso. Los notarios que "dan fe" de que la liquidación se practicó correctamente no están obligados a comprobarlo desde el punto de vista aritmético ni por tanto pueden dar fe de algo que no han comprobado. Eso (tan obvio) no impide a nuestra zalamera "Justicia" reírles las gracias a Bancos y Notarios y crear una nube jurisprudencial de argumentos para poder tramitar mudamente y en demérito del derecho a la tutela judicial efectiva las demandas ejecutivas bancarias sin tan siquiera examinar con un lápiz y un papel, o una calculadora, si es posible decir que procede seguir adelante una demanda cuya cuantía es imposible determinar con los documentos que suelen acompañarse. Por eso dicen que sí, que "procede seguir adelante", porque es lo más fácil y pueden imponer la misma sentencia una y otra vez, por el sencillo método de copiar un modelo que sirva para decir lo mismo siempre.
El principio de que las cláusulas oscuras deben perjudicar a quien las pone nunca ha sido aplicado a las entidades bancarias (en España, en otros países no sé), principalmente porque las leyes permiten a los Bancos acogerse a procedimientos especiales en que la parte perjudicada no tiene ni tan siquiera la posibilidad de alegar esos abusos. Por si fuera poco, las sentencias de nuestros altos tribunales han consolidado el principio de que esas cláusulas siempre se firman voluntariamente ya que "siempre se puede acudir al préstamo de otra entidad bancaria". Las palabras "monopolio" y "oligopolio" no han tenido entrada en nuestro sistema jurídico porque ni la judicatura ni las autoridades supervisoras admiten su existencia.
Si le preguntan a los empresarios (a los demás, no los bancos y sus compañías) si la Justicia es un servicio público les contestarán que desde luego no sirve para que quienes no les pagan se les obligue a entregar lo que deben. La Justicia no es un servicio público, es una extensión de un sistema que aparenta defender la Ley y lo que hace es burlarla cada día y cada vez que un ciudadano la necesita.
Los desahucios son la consecuencia lógica de todo este desastre, su punto y final. Cuando a los empresarios no les pagan, cierran, y sus bienes y los de sus empleados en paro salen a subasta para que se los queden los especuladores. Para esto sirve la Justicia.
Los desahucios son la consecuencia lógica de todo este desastre, su punto y final. Cuando a los empresarios no les pagan, cierran, y sus bienes y los de sus empleados en paro salen a subasta para que se los queden los especuladores. Para esto sirve la Justicia.
Y mejor no hablemos de la seguridad ciudadana. Los jueces ni solucionan nuestros problemas sino que incluso entorpecen el trabajo de la Policía que podría meterles mano a tantos maleantes que se pasean alegremente sin miedo a que les encarcelen.
¿Sirven para algo esos juicios predeterminados que pretenden combatir el maltrato doméstico o de genero? ¿Y esas ridículas "órdenes de alejamiento" que nunca nadie con dos dedos de frente puede entender que vayan a detener a quien lleva intención de matar?. Es una soberana imbecilidad que a ningún jurista prudente le convencería, que ni se nota entre tantas leyes inútiles basadas en ideas de parvulario.
Todo esto, sin ninguna garantía de seguridad ciudadana, hace que la ciudadanía tenga que organizarse en plataformas o grupos de presión para acudir a los Juzgados exigiendo como mínimo una respuesta razonada, rápida y si puede ser, justa.
Todo esto, sin ninguna garantía de seguridad ciudadana, hace que la ciudadanía tenga que organizarse en plataformas o grupos de presión para acudir a los Juzgados exigiendo como mínimo una respuesta razonada, rápida y si puede ser, justa.
Pero nada va a cambiar con un Ministro de Injusticia que mira para otro lado, como los que antes se sentaron en su poltrona.