Buena suerte, muchacha. Lucirás muy bonita
con el velo de novia y el ramo de azahar,
pero sin el sonrojo de la primera cita,
sino pálida y seria delante del altar.
Pronto será la boda. Pero acaso un despecho,
amargará las noches de tu luna de miel,
si al abrir una puerta reconoces un lecho
o al cruzar un pasillo recuerdas otro hotel.
Sin embargo, muchacha, cuando termine el viaje,
ya serás la señora de no sé qué señor,
aunque tal vez descubras, al abrir tu equipaje,
que en la prisa, ¡qué pena!, se te olvidó el amor.
Un día 22 de mayo de 2004, el príncipe Felipe y Letizia Ortiz se casan en la catedral de la Almudena de Madrid. Diez años después, el príncipe Felipe es proclamado Rey de España ante las Cortes Generales y su esposa republicana ocultó su pasado.
Es sabido que Doña Letizia abortó un año antes de prometerse con Don Felipe, y que ambos lo ocultaron para que la Reina Sofía no impidiese la boda.
Para ocultarlo, ambos confiaron en un primo de la actual consorte Real, que no sólo lo publicó en un libro, sino que grabó la conversación en la que se hablaba de un aborto voluntario.
Para ocultarlo, ambos confiaron en un primo de la actual consorte Real, que no sólo lo publicó en un libro, sino que grabó la conversación en la que se hablaba de un aborto voluntario.
El aborto voluntario es la interrupción del período de gestación decidido por la mujer, que puede tomar esta decisión por diversas razones. Se desconoce el motivo que pudo tener Dª Letizia.
La interrupción voluntaria del embarazo, también llamada IVE, consiste en la extirpación del embrión o del feto, y en España se puede realizar durante las primeras 14 semanas sin necesidad de alegar un motivo.
En caso de que el embarazo suponga un riesgo para la vida o la salud física y/o mental de la mujer, se detecten anomalías o malformaciones en el feto u otras anomalías incompatibles con la vida, se podrá interrumpir hasta la semana 22.
Los tipos de aborto voluntario son el aborto quirúrgico, que requiere de una operación, y el aborto farmacológico, que requiere de la píldora abortiva RU486 que solo debe ser administrada durante los dos primeros meses. A partir de las etapas siguientes, se deberá recurrir al aborto quirúrgico.
Entre los diversos tipos de aborto quirúrgico se distinguen:
Vaciado: es el método más común y se lleva a cabo anestesia local. Dura sólo 5 minutos.
Histerosucción: se realiza sólo dentro de las primeras ocho semanas de embarazo, y consiste en la aspiración del embrión y del endometrio con una cánula insertada en el útero. Ni siquiera requiere la dilatación del cuello uterino.
Dilatación y revisión de la cavidad uterina: se suele realizar entre la octava y la duodécima semana de gestación con anestesia local o general. Consiste en la dilatación del cuello uterino para introducir una cánula de succión proporcional al tamaño de un feto en un estado de desarrollo más avanzado.
Dilatación y vaciado: se utiliza sólo para embarazos de más de doce semanas. Consiste en la dilatación mecánica del canal cervical para la extirpación del feto y la aspiración de líquido amniótico y la placenta. Es un tipo de aborto quirúrgico que se realiza sólo en caso de que el embarazo suponga un riesgo para la salud de la madre o en caso de que el feto sufra malformaciones.
En 2018, se envió un cuestionario a 117 profesionales médicos de cuidados intensivos neonatales en la región de Flandes de Bélgica con 92 respuestas. El estudio encontró que casi todos los profesionales médicos belgas que trabajan en una unidad de cuidados intensivos neonatales apoyen la eugenesia de los recién nacidos con discapacidades. Los encuestados también coincidieron en que la ley belga debería permitir la eutanasia de los recién nacidos cuando, de hecho, fue técnicamente legalizada en 2014. ¿Qué derecho a disponer de su propio cuerpo permite acabar con un recién nacido?
Catalina Devandas, que es la primera relatora especial sobre los derechos de las personas con discapacidad para el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, afirma que: «Las personas tienen derecho a vivir y morir con dignidad, pero no podemos aceptar que las personas elijan terminar con sus vidas debido al estigma social, el aislamiento o la falta de acceso a asistencia personal o servicios relacionados con la discapacidad».
Los discapacitados se preguntan por qué hay gente que piensa que esas personas es mejor que no vivan.
El lobby de la eutanasia declara que apoya la eutanasia «voluntaria», pero cuando a un recién nacido se le inyecta letalmente, claramente se trata de un caso de eutanasia involuntaria. La eugenesia y la eutanasia van de la mano. La persona promedio que apoya la eutanasia no basa su apoyo en actitudes eugenésicas, pero el lobby de la eutanasia ha explotado el miedo al sufrimiento para ampliar el alcance de la matanza. A los fetos los rematan, esa es la realidad.
VOX quiere proteger tanto a la mujer gestante como los derechos del no nacido. El número de abortos que anualmente se practican en España en mujeres comprendidas en una edad que oscila entre los 15 y 45 años, en el año de 2018 fueron 95.917, lo que supone un incremento de 1,91 % respecto a 2017. Debemos advertir que los datos son incompletos, pues no se han tenido en cuenta las intervenciones practicadas en centros médicos de Comunidades Autónomas que no han notificado el número de mujeres que han interrumpido su embarazo, en especial el aborto químico, ni tampoco se han tenido en cuenta las mujeres que lo han hecho acudiendo a otras soluciones.
La práctica del aborto, en muchos casos, se considera como un medio anticonceptivo más. No es de extrañar que esto ocurra cuando la Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo considera el aborto como un derecho de la mujer, desprotegiendo de forma total al nasciturus.
Ante esta dramática situación VOX propone que se tomen una serie de medidas para proteger a la mujer y al no nacido, dirigidas a garantizar y proteger los derechos de la mujer gestante ante su embarazo, proporcionando a la misma apoyo psicosocial y médico que garantice información y suficiente apoyo a la mujer embarazada, con medidas positivas de ayuda y asistencia, especialmente en favor de las madres gestantes en situación de vulnerabilidad o desempleo.
La delegación de VOX en el Parlamento Europeo ha votado en contra del polémico “informe Matic”, un controvertido proyecto de resolución que bajo el paraguas de la “salud sexual y reproductiva” (eufemismo con el que la izquierda suele referirse a la legalización de la práctica del aborto), aprueba la eliminación del niño en el vientre materno en un nuevo “derecho humano”.
El documento, redactado por el socialista radical checo Predrag Matic, ha sido aprobado por amplia mayoría en la denominada comisión FEMM, una de las más radicales del Parlamento Europeo y en la que el rodillo de la izquierda funciona como el que más. La polémica propuesta ha sido votada favorablemente por el Pleno del Parlamento. El informe Matic plantea considerar la objeción de conciencia de los profesionales de la salud que se nieguen a practicar un aborto como una "denegación a la atención médica".
El informe Matic retoma el camino emprendido por otra polémica iniciativa que causó gran revuelo en la Eurocámara en 2013: el fallido informe Estrela, rechazado en su día por su radicalidad y su pretensión de invadir competencias exclusivas de los Estados miembros como la sanidad y la educación. Esta versión no es más suave que la anterior, todo lo contrario, pero sí lo son las fuerzas que ayudaron a tumbarlo la vez anterior, en especial el grupo del Partido Popular Europeo, que en los últimos años ha ido dejando de lado su identidad ideológica en aras de la mera gestión.
VOX Europa ha añadido al texto aprobado una posición minoritaria recordando que este informe invade competencias exclusivas de los Estados miembros como la sanidad, la educación y el aborto y defendiendo una visión positiva de la mujer, la maternidad y la fertilidad frente a los prejuicios ideológicos y el oscurantismo alarmista de los diputados pro-aborto. Asimismo, recuerda que el informe contradice toda la jurisprudencia europea en materia de aborto.
En ese sentido, el Tribunal Constitucional dictó doctrina en su sentencia de 1985, conforme a la cual el legislador tiene el deber de proteger al nasciturus mediante el Código Penal.
La Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la intervención voluntaria del embarazo, modificó la regulación penal del aborto consentido para establecer un sistema de plazos con asesoramiento previo. La nueva norma fue recurrida en aquel momento ante el Tribunal Constitucional por más de cincuenta diputados del Partido Popular.
Después de diez años, el Tribunal Constitucional aun no se ha pronunciado sobre esa impugnación, lo cual es particularmente inexplicable por dos motivos. Ante todo, este recurso afecta intensamente a derechos fundamentales y libertades públicas de la máxima relevancia. Cuando en 2010 acordó rechazar la solicitud de suspensión cautelar de los preceptos impugnados, el propio Tribunal anunció «dar carácter prioritario a la tramitación y resolución» del recurso.
No ha sido así, aunque, por ese motivo, el Tribunal Constitucional debía haber estado particularmente interesado en afrontar esas cuestiones. Ahora, la decisión europea se lo pone fácil, y la toma de control del TC por Pedro Sánchez lo garantiza.
Feijóo comunica a su Comité Ejecutivo que el PP no va a derogar la actual Ley del aborto ni la que promueve Irene Montero, con el argumento de que “esos debates engordan a Vox” y desplazan al partido del centro a donde lo quiere llevar para ganar las elecciones.
La verdad es que perseguir penalmente los infames abortorios donde a veces ejerce personal no cualificado está totalmente justificado desde el punto de vista penal y sanitario. Pero no es una solución para las embarazadas en situación económicamente precaria, en en el país europeo con el porcentaje más elevado de desempleo juvenil y con más población desempleada.
Dirán que no se puede obligar a una mujer a proseguir el embarazo hasta el parto, pero hay leyes en Europa que permiten abortar hasta el día anterior al nacimiento. No tiene ningún sentido moral ni médico: podría incluso adelantarse el parto sin arrepentirse de haber traído otro ser al mundo. Otros que puedan lo criarán, y haber matado a "algo" que realmente es "alguien" deja remordimientos en muchas, cuando pasa el tiempo. Si aún así la mujer piensa que "esto no es suyo", el médico puede llevarlo a la incubadora y los servicios sociales ya lo darán en adopción.
En tiempos que se consideran más atrasados, había tornos en conventos para dejar a los bebés al cuidado de la Iglesia, y algunas instituciones públicas se han encargado de su educación y sustento en diversos países. Actualmente la adopción es la mejor alternativa para los niños que por uno u otro motivo necesitan unos padres.
Mi opinión es que ayudar a las madres con una paga o pensión como las que se dan a las viudas y otros colectivos necesitados es una función del Estado que se les adeuda. Y, por conocimiento de casos de mujeres que han abortado pudiendo no hacerlo, y de hombres que no han asumido sus propios actos, puede ser un obsesivo cargo de conciencia y una oportunidad perdida, religión aparte. Una compañía para toda la vida, algo imposible de entender por el cartesianismo abreviado del pensamiento político Europeo.