GUZMAN1

martes, 3 de junio de 2014

PENSEMOS.



El Decreto de 8 de febrero de 1946, por el que se aprueba la Ley Hipotecaria, es una ley franquista en la que el derecho a ser oído del demandado carece de toda virtualidad práctica. Eso es motivo suficiente para derogarla, pero ningún gobierno "de la democracia" lo ha hecho.



Los procedimientos derivados de esta Ley quedan supeditados a la decisión de una sola de las partes, el acreedor hipotecario. Normalmente grandes entidades bancarias pero muchas veces también financieras independientes a las que la Ley protege igual pese a sus irregularidades.


Estas entidades acreedoras disponen de variados procedimientos para reclamar sus créditos hipotecarios, si al vencimiento del plazo no lo verifica el deudor después de requerido judicialmente o por Notario. Pero prefieren un tipo de juicio en el que el deudor no puede obstar absolutamente nada, cosa que los Tribunales justifican con complacientes argumentaciones que a muchos nos parecen juegos florales de lo antijurídico.

Requerido el deudor, que no es un okupa que quiere todo gratis sino un probo ciudadano que un día está en paro, deberá verificar el pago de la totalidad del crédito con los intereses correspondientesSegún copio de la Ley "No se suspenderá en ningún caso el procedimiento ejecutivo por las reclamaciones de un tercero, si no estuvieren fundadas en un título anteriormente inscrito, ni por la muerte del deudor o del tercer poseedor".

Y es que sobre el derecho a no ser condenado sin ser oído cuando se es deudor hipotecario se han escrito muchos artículos en revistas del Colegio de Abogados y la prensa especializada en asesoramiento profesional de economistas y juristas.

Al Ciudadano Nart también le he oído decir que en estos "juicios", por llamarlos así, el Juez hace de cobrador de morosos. Y de los malos, porque en vez de cobrar deudas, ejecutan un método punitivo en que la tutela judicial efectiva de algún derecho del deudor no tiene encaje. O pagas toda la hipoteca de golpe, o te quedas sin casa y arruinado hasta el fin de tus días. Y la deuda incrementada para indemnizar al acreedor hipotecario del tiempo que tarde el desahucio, aún cuando tampoco acepten la dación en pago para que no aumente la cuenta.

De lo perdido saca lo que puedas es una filosofía que inspira los procedimientos concursales, cuando una empresa queda en insolvencia. Pero todavía no se aplica esa misma filosofía cuando hay que proteger a la familia del deudor insolvente, por ejemplo. 

Toda regulación legal es imposible dado el mercado anómalo de la subasta judicial, que esperemos deje de ser un coto restringido con el nuevo método de carácter electrónico aprobado en la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social.

No obedece esta reforma a la protesta social, sino entre otras cosas, a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de marzo de 2013, que declaró que en el sistema procesal español, la adjudicación mediante subasta de un bien hipotecado tiene efectos siempre irreversibles para el deudor, sin garantías de el procedimiento de ejecución hipotecaria pueda suspenderse aunque existan cláusulas abusivas las cuales solamente pueden impugnarse en un proceso judicial distinto.


Claro, en otro juicio, suponiendo que un deudor que no puede pagar la cuota de la hipoteca pueda pagar una demanda distinta en la que sólo la cuantía de las tasas judiciales se calcula sobre el importe total de la deuda. Y sin derecho a abogado de oficio ya que el deudor es supuestamente solvente por ser propietario de su vivienda. Muy hábil para no estrujarse los sesos.

Puede que haya jueces que eleven cuestiones de constitucionalidad para dejar estas dudas a esos sabios bizantinos del Tribunal Supremo y el Constitucional que otorgan su aprobación a todo proyecto de Ley, de esas que nos hemos dado sin habernos ni enterado.


No tiene sentido promulgar una Ley que no corrige los defectos de la anterior legislación. De hecho, el Código Civil de 1.889. actualizado en mayo de 2014, dice que: 

1. "Los derechos deberán ejercitarse conforme a las exigencias de la buena fe".


2. "La ley no ampara el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del mismo. Todo acto u omisión que por la intención de su autor, por su objeto o por las circunstancias en que se realice sobrepase manifiestamente los límites normales del ejercicio de un derecho, con daño para tercero, dará lugar a la correspondiente indemnización y a la adopción de las medidas judiciales o administrativas que impidan la persistencia en el abuso".



En buenas manos estamos, las de los que no impiden sino que protegen la persistencia en el abuso. La conveniencia de una de las partes no puede estar por encima de la necesidad de la otra y de terceros, como los hijos de desahuciados, víctimas de un resultado no querido pero tampoco impedido por el ordenamiento jurídico.

Dicen dos refranes catalanes que "Casa tancada, casa arruïnada" y que "Casa sense gent a dins, niu de ratolins". Creo que son fáciles de entender para los que no entendemos la política de gente en la calle y pisos vacíos que propicia la banca que todos sostenemos sin que podamos esperar algún tipo de reciprocidad. La Banca que un día mereció la confianza de los que buscaban entidades serias y previsoras, se dedica ahora a achuchar a sus clientes de forma cortoplacista y anotar en sus balances deudas incobrables que aumentan a intereses exorbitantes.

Los bancos no resultan propiamente perjudicados por el tiempo en que esas viviendas sigan habitadas porque igualmente lo serían si quedan abandonadas. No es lo injusta o justa que sea la Ley en sí, sino la forma en que degenera en un funcionamiento anormal de la Justicia.

Pero la Justicia está en manos de la partitocracia, bien a través de su Consejo General, bien en sus asociaciones profesionales, las cuales en teoría promueven que su trabajo sea útil a la sociedad.

Eso no ocurre cuando el Poder Judicial no sirve a los jueces sino que tampoco escucha a los demás funcionarios que denuncian errores y paradojas del método que rige en muchos Juzgados, y en el servicio de notificaciones, y en muchas otras cosas más.

Por ejemplo, en pleno auge de los desahucios en 2.011 el PSOE aprobó su "Ley de fomento del alquiler" con el "desahucio express" en 10 días como parte del paquete de medidas. Que pregunten al personal de los Juzgado cómo funciona eso.

¿Cómo va a velar por que las leyes sean justamente aplicadas un Gobierno empeñado en imponerse a la judicatura?

Una reclamación apoyada en la Ley debería valer más que la que sólo se basa en opiniones. La diferencia entre la exigencia y la desobediencia.




Cuarenta años de puedo prometer y prometo, pero a ninguno de los viejos partidos se le ha puesto en la cabeza cambiar algunas leyes y derogar otras que no sirvan.

Ni regenerarse, que como no lo hacen por las buenas algunos piensan que será por las malas.

Por eso aparecen libertadores que creen que creen que sólo deben seguir a su cabeza, no a la de los demás. Hablar del programa de Podemos es hablar de que no hace falta que pensemos porque ya están ocupados ellos en eso. Han sabido usar bien las tácticas de movilización de masas en un momento en que la gente busca cambios y los necesita, como demuestra también el éxito de otras formaciones afines.

Los viejos partidos de izquierda compensan su inmovilismo, producto de su extravío ideológico, con la capacidad organizativa de "movilizar gente". Ahora viejos y nuevos políticos compiten por manejar los movimientos asociativos, con la ayuda de alborotadores profesionales si es necesario. Tienen a mano las cuadrillas espontáneas de vándalos ideológicos y, como no, la troupe de los artistas subvencionados que hacen que sigan coleando partidos que, sin ellos, habrían desaparecido.

Lo que ocurre es que, sabiendo que no sabrán promover la creación de empleo, quieren garantizar un sueldo sin trabajar a todo el mundo. Pero a todo el mundo de verdad, porque abrirán las fronteras a todo el que llegue. Y serán los que nos paguen las pensiones porque no envejecerá la población y además en cuanto lleguen al Europarlamento les dirá a todas las autoridades que tienen que prohibir la existencia de paraísos fiscales. Ya nos dirá que quieren que hagan con Gibraltar, que Rajoy se lo agradecerá.

En estos momentos los partidos no conectan con la gente que les vota, y ya no digamos si no les votan. Está en duda la legitimidad de las autoridades, hasta el punto de que propugnan su legitimismo los partidos nacionalistas que creen que están al mismo nivel que el Gobierno español. Nadie les ha otorgado potestades constituyentes ni reconocimiento exterior, ni menos aún hay consenso interior al respecto, pero no se cuestionan su falta de representación.

Porque lo que sí es cierto es que, por lo general, no nos representan.

Los ciudadanos, por su cuenta u organizados en asociaciones y plataformas ciudadanas, no hacen más que manifestarse esperando merecer por eso el respeto suficiente para que no les utilicen, contraprogramen o revienten el acto público al que asisten lícita y espontáneamente.

Explotar la desgracia ajena no vale cuando la gente sabe quienes son los responsables. En una democracia se espera que cada político dé los pasos que hagan falta en beneficio de todos.

Si los gobernantes quieren demostrar que no son insensibles a los problemas sociales, que lo demuestren con obras y no con palabras. 
Que ya que no disminuyen el tamaño del Estado, al menos que muestren en qué medida nos prestan servicios esas instituciones tan magníficas y a cambio de qué las sostenemos.

A mí lo de menos es una monarquía o una república, sino vivir de verdad bajo un Estado de Derecho. Monarquía Constitucional es la que está sujeta a las leyes, como también una República, aunque en España siempre hayan acabado en las barricadas.