La inviolabilidad es un privilegio en virtud del cual ciertas personas, como el rey, el presidente o los diputados no están sujetos a responsabilidad penal por los actos que llevan a cabo en el ejercicio de su función. Fuera de los casos en que ejerce su función, la persona responsable de falta o delito no es inviolable.
En el caso del Jefe del Estado, el artículo 56.3 de la Constitución dice que “la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad”. Una vez deja de ser Rey, sus actos están sujetos a responsabilidad igual que los de otro ciudadano. Cuando el Rey ha abdicado, nadie puede asegurar si se le pueden exigir cuentas por hechos realizados mientras fue Rey si se trata de actos privados que hayan podido lesionar los derechos de otras personas. Si dichos actos no son propios del ejercicio de sus funciones, la negativa radical a investigarlos afectaría al derecho de todas las personas a la tutela judicial efectiva, que es otro principio recogido en la Constitución.
En la duda, nuestros políticos y jueces no se atreven a pedirle cuentas ni al Rey emérito ni, por supuesto, al sucesor actual. La Fiscalía Anticorrupción no vió delito en los hechos revelados por la amiga de Juan Carlos I Corinna zu Sayn-Wittgenstein en una conversación con el excomisario Villarejo, salvo un posible delito de corrupción en la obra del AVE a La Meca, pero no lo ha investigado porque el rey emérito era entonces inviolable.
Como ese caso hay muchos más en el reinado de Juan Carlos I, que explican su considerable fortuna que mantiene oculta mediante las mismas argucias que usa cualquier defraudador. Cuando muera, ese tesoro pasará a manos de su heredero, que siempre podrá decir que no sabe de su procedencia. Aunque bien sabe el Rey aquello que le interesa, nadie le acusará de cómplice o encubridor porque se sabe garantizar inmunidad en lo público y en lo privado.
Impunidad, del vocablo latino impunitas, es un término que refiere a la falta de castigo a aquel que ha cometido una falta o un delito.
Lo habitual es que la impunidad se produzca cuando, por motivos políticos o de otro tipo, una persona que es responsable de haber violado la ley no recibe el castigo correspondiente y, por lo tanto, sus víctimas no reciben ninguna reparación. De esta forma no se sanciona ni se enmienda la conducta de los culpables, quienes, gozando de su libertad, continúan cometiendo crímenes y abusos.
Los casos que quedan impunes se caracterizan por la frustración y la sensación de impotencia de las personas afectadas. Esto ocurre especialmente por corrupción o por falta de evidencias, cuando la persona inviolable tiene suficiente poder para detener las investigaciones y silenciar a la Prensa.
Los casos que quedan impunes se caracterizan por la frustración y la sensación de impotencia de las personas afectadas. Esto ocurre especialmente por corrupción o por falta de evidencias, cuando la persona inviolable tiene suficiente poder para detener las investigaciones y silenciar a la Prensa.
Es importante subrayar que la impunidad no siempre responde a la falta de principios por parte de las autoridades, sino que puede surgir como consecuencia de un crimen muy bien planeado, que no deje las suficientes pruebas como para que se siga el rastro de sus autores.
La impunidad es grave porque demuestra que la justicia no es perfecta y eso deja en evidencia que el Estado no nos puede proteger ni de la persona inviolable ni de quienes colaboren con ella cometiendo delitos sin castigo.
La impunidad es grave porque demuestra que la justicia no es perfecta y eso deja en evidencia que el Estado no nos puede proteger ni de la persona inviolable ni de quienes colaboren con ella cometiendo delitos sin castigo.
Existe miedo a las personas impunes, que se enfoca en que, al menos, no haya más víctimas, aunque en secreto también alimenta los deseos de venganza. Ya que la Ley no sirve para detener a las personas inviolables, sólo queda la justicia según la ley del talión.