GUZMAN1

lunes, 11 de abril de 2022

"Excusas necias", de Ramón de Campoamor.



Hacia el nido de un cuervo

Sube un reptil protervo,

Que de otro manjar falto,

De huevos se apercibe;

Mas al dar el salto,

Creyendo al cuervo ausente, oyó: «¿Quién vive?»


«Perdone usted; no es nada

(Dijo con voz turbada);

El hallarme soñando

Mi indiscreción abone;

Pues llegué aquí rodando,

Mas desperté y me vuelvo: usted perdone».


 «¡Hola, traidor vecino!

(Dijo el cuervo ladino),

¿Cuando el sueño te priva.

Sin costarte trabajo

Te ruedas hacia arriba?

Pues a ver cómo ruedas hacia abajo».


Y remontando el vuelo

Lo suelta desde el cielo,

Por más que ya difunto

El reptil lo rehúsa;

Y ¡plaf! reventó al punto.

¡Digno castigo de su necia excusa!






Otro día once ocultando la verdad tras la sentencia perpetrada por los magistrados Javier Gómez Bermúdez, Fernando García Nicolás, Alfonso Guevara, y los fiscales Olga Sánchez, Javier Zaragoza, Jesús Santos y Carlos Bautista.

Alfonso Guevara es todo lo contrario a lo que se espera de un juez. Su nombre está relacionado con los enfrentamientos y la excentricidad. Su decisión, como presidente de la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional, de dejar en libertad a la cúpula de la mafia china ha sido el colofón de una carrera llena de sombras por sus polémicas y controvertidas actuaciones.

Su nombre está relacionado con decisiones difícilmente comprensibles por parte de sus compañeros y por la sociedad. En el caso Emperador, en el que ha puesto a libertad a la cúpula de la mafia china, ha aplicado a rajatabla una sentencia del Tribunal Constitucional sobre el caso Malaya que dice que el juez “elevará la detención a prisión, o la dejará sin efecto, en el término de 72 horas a contar desde que el detenido le hubiese sido entregado”. Al presidente de la Sala le ha sido indiferente que el compañero que dictó las prisiones, Fernando Andreu, tenía un centenar de detenidos a los que tomar declaración en menos de tres días. Tampoco ha tenido en cuenta que el instructor mantuvo a 20 de ellos en disposición policial casi 72 horas, pero sin sobrepasarlas, y posteriormente les anunció que pasaban a disposición judicial. Ni escucha, ni rectifica.

Es decir, Andreu era consciente de la problemática que le sobrevenía y actuó conforme a la más acorde a la legalidad, o así lo interpretó. A Guevara tampoco se le ha pasado por la cabeza los cuatro años de investigación que lleva la Policía y la Fiscalía Anticorrupción antes de asestar el mayor golpe contra el blanqueo de dinero en España. Su trato arisco tampoco ayuda a los fiscales del caso para que le intenten explicar el error que está cometiendo al dejarles en libertad. Pero su decisión ya está tomada y se niega a rectificar ni a aceptar ningún tipo de recurso.

Persona introvertida y de trato difícil, no es la primera vez que, en contra de todos, toma decisiones polémicas. Con Gómez Bermúdez, superior suyo durante años, ha tenido sus más y sus menos. Compartieron tribunal en el juicio del 11-M y el protagonismo del primero no fue bien asumido por el segundo. La gota que colmó el vaso fue el libro de la mujer de Gómez Bermúdez sobre la instrucción y juicio del atentado terrorista, en el que se contaban conversaciones privadas que ambos jueces habían mantenido. Guevara llegó a presentar una queja escrita a quien, en ese momento, era presidente de la Audiencia Nacional, Carlos Dívar, además de rechazar la invitación para la presentación de la obra. Los dos magistrados se han enfrentado en varias ocasiones por el mismo puesto, el de la presidencia de la Sala de lo Penal, pero Guevara siempre ha perdido en las votaciones en el Consejo General del Poder Judicial. 

En el 11-M, Guevara obtuvo un amargo protagonismo al insultar a las víctimas en un momento duro para ellas, que debían ver diariamente la cara de los verdugos de sus familias. El juez señaló en una entrevista que sintió “vergüenza ajena” cuando algunas víctimas que declararon en la vista oral condenaron al presidente del Gobierno cuando ocurrió la masacre, José María Aznar.

Guevara adelantaba que habría “sorpresas” pero no que serían tantas. Sobre el explosivo, la sentencia dice que no importa cuál fuera pero que “todo o gran parte procedía de Mina Conchita”. De la autoría intelectual no hay más rastro que la absolución de El Egipcio.

El cerebro del 11-M anda suelto y el arma homicida sigue sin ser identificada. De la autoría material, que los muertos de Leganés, Otman El Gnaoui y Jamal Zougam colocaron las bombas de no importa qué explosivo. De la trama asturiana se absuelve a los hermanos Toro y se condena a Trashorras –la más alta después de la de Zougam–. En cuanto a las pruebas, todas valen menos el Skoda, que ha desaparecido con tanta facilidad como apareció. Las principales pruebas presentadas por la Fiscalía, la Renault Kangoo y el Skoda Fabia no se puede demostrar que los terroristas se trasladaron a la estación, para colocar las bombas, en ellos. Pero la sentencia da validez a los objetos que en ella se encontraron. destacando la "escrupulosa actuación de la Policía".

Sobre la mochila de Vallecas, la considera totalmente válida. Aunque habla de "descoordinación", que "habrá que corregir en un futuro", la cadena de custodia también está en esta ocasión acreditada.

Pero quizá lo más llamativo es lo referente a los explosivos. Dice que, aunque está claro que el explosivo de Leganés es Goma 2 ECO, no se puede acreditar exactamente lo que estalló en los trenes, aunque a pesar de ello añade que está probado que se sustrajo de Mina Conchita. Asimismo, se ha alineado con la última tesis expuesta en el juicio con el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza. "Da igual el explosivo que se utilizase" para perpetrar la masacre, porque hay suficientes pruebas a parte de ésta.

Un asturiano confidente y un marroquí reconocido en cuatro sitios a la vez aparecen como máximos responsables (por la condena recibida) de un atentado realizado, a juzgar por las manifestaciones de los muertos de Leganés con intenciones yihadistas para "derrocar los regímenes democráticos y eliminar la cultura de tradición cristiano-occidental sustituyéndolos por un Estado islámico bajo el imperio de la sharia o ley islámica en su interpretación más radical, extrema y minoritaria".

Todo o gran parte del explosivo procede de Mina Conchita. Luego, queda explosivo sin identificar. No importa lo que estalló en los trenes ni la ausencia en el sumario de un informe químico de los focos de explosión. Se añadió después y se acepta.

Sobre Youssef Belhadj, el Tribunal recuerda que la Fiscalía y el resto de las acusaciones lo señalaban como "dirigente de organización terorista" basándose en una doble consideración: que Belhadj es Abou Dojanah y que es "el Abou Dojanah en cuyo nombre se reivindican los atentados y del que se dice en ellos que es el portavoz militar de Al Ansar de Al Qaeda en Europa".
 
"Ninguna de estas afirmaciones", dice el Tribunal, "está probada con la certeza exigida por el derecho penal", lo que lleva a los magistrados a concluir que "la imputación a Youssef Belhadj como inductor (partícipe) en los atentados del 11 de marzo de 2004 tampoco está probada". "No está probado que Youssef Beljhadj sea dirigente de uno de los grupos terroristas que se engloban bajo la denominación, cada vez más genérica, de Al Qaeda", señala la sentencia.

Tampoco ha condenado como inductores del atentado a los otros dos procesados por ello, Hassan el Haski, condenado sólo como miembro de organización terrorista. El Tribunal, únicamente, sólo le ha condenado a 15 años de prisión. De El Haski, se concluye su condena como "autor de un delito de pertenencia a banda armada, organización o grupo terrorista, en grado de dirigente y como partícipe -inductor- de los delitos de homicidio terroristas, consumados e intentados, estragos y aborto".
 
"El Tribunal estima probado el primer delito, pertenencia a organización terrorista con la condición de dirigente, pero no el resto", dice la sentencia en su parte dispositiva y añade que "en el caso del procesado Hassan El Haski se ha producido prueba directa suficiente que, junto a otra de carácter indirecto, conducen a la afirmación de que es dirigente de una organización terrorista". "No se estima suficiente la prueba para reputar partícipe en los atentados del 11 de marzo, en calidad de inductor, a Hassan EL HASKI", se indica.
 
Otra de las personas consideradas clave para la Fiscalía, ha dejado de serlo. Se trata de Rafá Zouhier.  El Ministerio Público sostenía que, a pesar de su condición de confidente de la Guardia Civil, dejó de suministrar información a la Benemérita meses antes de los atentados. Según Olga Sánchez habría puesto en contacto a la "trama asturiana" con la "yihadista". Por este motivo lo consideraba cooperador necesario y pedía para él una pena de 38.968. El Tribunal sólo le ha condenado a 10 por suministro de explosivos.
 
Las penas más altas para Zougam, El Gnaoui y Trashorras. Sobre Zougam, "el Tribunal, valorando la prueba en su conjunto, ha llegado a la convicción" de su integración "en la célula terrorista de tipo yihadista y su intervención, como autor en los atentados del 11 de marzo de 2004, pero no en los hechos acaecidos el 3 de abril del mismo año en Leganés".

De Othman El Gnaoui, al que la Fiscalía acusaba como "cooperador necesario", el Trbiunal concluye su "pertenencia a banda armada" (...) "a título de mero integrante" y como coautor de los atentados de los atentados del 11 de marzo de 2004. En los hechos, El Gnaoui "desempeña un rol o papel concreto, conforme a criterios organizativos y jerárquicos", dice la Sentencia.
 
Zougam y El Gnaoui han sido condenados como "responsables, en concepto de autor, de 191 homicidios consumados y 1.856 en grado de tentativa". El presidente del tribunal, Javier Gómez Bermúdez, no ha pronunciado en ningún momento las palabras "autor material", como constaba en las acusaciones de la fiscal y las partes.
 
Trashorras también es "responsable como cooperador necesario". Sobre su participación, el Tribunal considera probado que Suárez Trashorras "fue quien puso a disposición del grupo terrorista la dinamita usada para montar los artilugios que explosionaron en los trenes de cercanías el día 11 de marzo de 2004 en Madrid y en Leganés el 3 de abril del mismo año".

Por otro lado, también ha quedado absuelto Antonio Toro, al que se pretendía socio de Emilio Suárez Trashorras en el robo y venta de explosivos. El tribunal tampoco ha encontrado pruebas contra la ex esposa de Trashorras y hermana de Antonio, Carmen Toro, a la que se llegó a presentar como cómplice de las actividades de los otros dos.
 
También ha quedado absuelto Mohamed Moussaten, acusado de colaborar con organización terrorista por las relaciones mantenidas con su tío, Youssef Belhadj, y por haber facilitado el teléfono de su tío a uno de los presuntos terroristas huidos.

A los jueces estrella les gusta salir en los periódicos. A los prevaricadores, todo lo contrario. La expulsión de Garzón no ha servido para corregir la corrupción y el desafuero de la jauría de jueces de la Audiencia Nacional.

Caso cerrado. Los intentos de reabrirlo se han saldado sin resultados y con el linchamiento público de la exjuez Coro Cillán, que quiso ir más lejos que lo que el eje Judicatura/Fiscalía/Gobierno le permitió.