Una representación de la Plataforma de Infancia ha mantenido una reunión de trabajo con la nueva ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego; el nuevo Secretario de Estado de Juventud e Infancia, Rubén Pérez y miembros de su gabinete, con el objetivo de trasladarle las prioridades en materia de derechos de la infancia y la adolescencia que debe abordar el recién creado Ministerio.
Unas prioridades que han sido compartidas por Sira Rego, como son el impulso del desarrollo de la Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, y de los juzgados especializados en violencia contra la infancia, la protección de menores no acompañados, la coordinación de la Garantía Infantil, la trasposición completa de la Directiva Europea de Conciliación con la mejora e implementación de la Ley de Familias.
Afrontar con fondos presupuestarios la lucha contra la pobreza infantil, y garantizar los derechos de Juventud e Infancia en Educación, son los retos a los que estos Ministerios deben hacer frente.
Cursar secundaria en centros e institutos españoles significa estar más tiempo en las aulas que en otros países. Así lo señala el último informe de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) sobre educación (Education at a Glance 2023), que sitúa a España como el segundo Estado de la Unión Europea (UE) y el quinto de la OCDE donde más horas de clase se imparten.
El informe señala, también, las diferencias entre las regiones de cada país (pág. 359). En ese sentido, la diferencia entre autonomías en España es de las más bajas, con una diferencia de apenas un 2%, tanto en primaria como en secundaria.
El informe sobre educación de la OCDE también analiza otros aspectos del sistema educativo de cada país, entre ellos, el de España. Por ejemplo, analiza la tasa de matriculación tanto en entidades privadas como públicas y por grupos de edad:
Entre estudiantes de 6 a 14 años, todos los países superan la tasa del 90%, pero la de España es de 97,8%, detrás de 28 países.
En el siguiente grupo, de 15 a 19 años, los datos en España, arrojan que el 87,9% de los jóvenes de este grupo está matriculado en algún programa de estudio.
Destaca el dato de adultos (de 40 a 64 años) que estudian en España, que se posiciona como el quinto país de la UE con el dato más alto (un 2,2%).
El estudio de la OCDE sobre educación también incluye un análisis sobre los jóvenes entre 18 y 24 años que estudian y trabajan a la vez, los que solo trabajan y los que solo estudian: en España, el 61% de ellos estudian, siendo el noveno país con la cifra más alta, de los que sólo un 9% trabajan a la vez y un 3,5% está en paro, aunque buscando empleo; la mayoría del 39% de jóvenes de España que no están estudiando, está trabajando, en concreto, un 22% de ellos.
Mientras que el 70% de las alumnas terminan bachillerato, el porcentaje masculino se reduce hasta el 57%.
De media, el 56% de los estudiantes de todos los países se matriculan en estudios universitarios al terminar bachillerato. Pero, como señala el informe, el 19% de los graduados de secundaria en España están matriculados en la formación profesional, donde al menos uno de cada cuatro estudiantes de FP dejan el programa.
En septiembre de 2015, los Estados miembros de las Naciones Unidas adoptaron por unanimidad la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y su imperativo de “no dejar a nadie atrás”, priorizando “llegar primero a los más rezagados”, reconociendo la necesidad imperiosa de combatir la pobreza y las desigualdades.
En junio de 2011, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, fue el primer órgano intergubernamental de la Organización de las Naciones Unidas en aprobar la resolución 17/19 de amplio alcance sobre los derechos humanos, la orientación sexual y la identidad de género. La no discriminación se aplica a todas las personas en relación con todos los derechos humanos y libertades y prohíbe la discriminación por una lista de motivos no exhaustiva como la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional o social, las propiedades, el nacimiento o cualquier otra condición, pero no especifica la edad.
Lo anterior es reiterado por decisiones y orientaciones generales emitidas por distintos órganos de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados, como el Comité de Derechos Humanos; el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Comité de los Derechos del Niño; el Comité contra la Tortura; y el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer.
En desarrollo de este mandato de respeto a la identidad, el 15 de marzo de 2007 se promulgó la Ley 3/2007 reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas, que permite el cambio de la inscripción relativa al sexo en el registro civil y con ello el cambio del nombre, de la documentación oficial y del estatus ciudadano adscrito al sexo registrado.
La Ley española de cambio de sexo registral desvincula el pleno ejercicio de los derechos civiles vinculados al registro, de las cirugías genitales y la identidad de género ha recibido tutela igualmente en la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia o en la reciente reforma del Código Penal. Y como corolario de los Derechos constitucionales a la igualdad de todos los ciudadanos y al libre desarrollo de su personalidad, garantizar que la ley aplicable a las personas no las patologiza o somete a condición de prejuicio sobre su capacidad, dignidad y habilidades.
El concepto de identidad de género se refiere a la vivencia interna e individual del género tal y como cada persona la siente profundamente, incluyendo la vivencia personal del cuerpo, y otras como la vestimenta, el modo de hablar y los modales. La identidad de género está generalmente acompañada del deseo de vivir y recibir aceptación como miembro de dicho género, e incluso del deseo irrenunciable de modificar, mediante métodos hormonales, quirúrgicos o de otra índole, el propio cuerpo, para hacerlo lo más congruente posible con el sexo-género sentido como propio.
Como reconoce la Resolución del Parlamento Europeo de 12 de septiembre de 1989, sobre la discriminación de las personas transexuales, ha de ser cada persona quien establezca los detalles sobre su identidad como ser humano.
En cumplimiento del mandato de la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia y bajo el criterio rector de atención al interés superior del menor, la Ley les ofrece ahora a ellos y a sus tutores el amparo de la ley frente toda exclusión, plena atención a sus necesidades sanitarias y protección en el sistema educativo.
La Comunidad Madrileña, desde la época de Cifuentes, compromete igualmente el sostenimiento de un servicio de asesoramiento y apoyo a las personas transexuales, sus familiares y personas allegadas, el respeto de la confidencialidad e intimidad en todos sus procedimientos y compromiso firme en la realización de acciones contra la transfobia y el respeto en su proceder a la identidad y expresión de género de todo administrado.
Sobre la atención sanitaria a las personas trans establece el derecho a la salud y a la asistencia sanitaria de las personas transexuales en el servicio madrileño de salud y regula la unidad de identidad de género. La asistencia a los menores transexuales, se establece bajo los principios de tutela del mejor interés del menor y de respeto a su voluntad bajo el principio de reconocimiento progresivo de su madurez, conforme establecen los principios de la Convención de Naciones Unidas sobre Derechos del Niño y los protocolos de las principales organizaciones pediátricas internacionales. En lugar de establecer prohibiciones que atentarían contra los derechos de los menores afectados y constituirían un maltrato, o de fijar barreras de edad que no tienen en cuenta el desarrollo individual de cada menor, se establece un sistema de atención individualizado y basado en las necesidades específicas de cada menor, y en el que se provee de los oportunos tratamientos en el momento adecuado en atención a su desarrollo. La Ley, establece además salvaguardas en interés del menor y el deber de consulta del mismo en toda medida que le afecte.
En el caso de las personas intersexuales, y de manera novedosa, la presente norma garantiza la integridad corporal de los menores intersexuales hasta que estos definan su identidad sentida y les ofrece protección de su intimidad y dignidad frente a prácticas de exposición y análisis de carácter abusivo. La protección de las personas intersexuales exige el reconocimiento de la diversidad de los cuerpos humanos y la erradicación del prejuicio según el cual existe un único patrón normativo de corrección corporal, que lleva a que menores intersexuales sean operados en su infancia para asimilarlos al patrón normativo de hombre o mujer, sin saber cuál es la identidad de dicha persona y cometiendo con ello frecuentes errores que luego condicionan gravemente la vida de la persona intersexual. Sin conocimiento de la identidad de género sentida por la persona intersexual: hombre, mujer o simplemente intersexual, cualquier intervención quirúrgica que asimile al menor a una identidad puede ser una autentica castración traumática.
El sistema educativo se concibe como un espacio de entendimiento y no discriminación y promoviendo que el mismo actúe como factor de integración y formación cívica en los principios de respeto, tolerancia y no violencia.
Así son nuestras leyes, que no consideran transtorno la disforia de género.
Iván González Ranedo se hace llamar Samantha Hudson, y durante un breve tiempo representó a la marca Doritos, hasta que el rechazo de los consumidores y el boicot a la empresa Pepsico han cancelado dicha "promoción". El personaje también fue fichado por TVE para participar en programas del ente público como MasterChef.
Sus provocaciones eran tales como: "Acabo de pasarle la lengua a mi prima pequeña por su vagina y me ha sonreído. Los más pequeños también merecen placer"; "Quiero hacer cosas gamberras, como meterme a una niña de 12 años por el ojete"; "Odio a las mujeres que son víctimas de violación y que recurren a centros de autoayuda para superar su trauma. k putas pesadas" o "Lloro de risa con vídeos de acoso escolar que acaba en suicidio". Además, ha mostrado públicamente deseos sexuales hacia sus padres: "El chumino de mi puta madre me la pone superdura"; "Por dios, quiero chuparle la polla a mi puto padre" o “Me pone mi padre, muchísimo, le felo el nabo todas las noches antes de dormir”.
La obra “Prometer hasta meter” de la Comparsa Osadía, también desató clamor e insultos tanto en España como en distintos países del mundo ante un video viral que mostraba a un grupo de niños desfilando por una calle con piezas de lencería y atuendo BDSM. Las imágenes fueron grabadas en el Carnaval de Torrevieja, en el que también participaron adultos, con el mismo disfraz.
Muchos denunciaron “sexualización de menores”, mientras que otros fueron más allá y hablaron de fomentar la “prostitución infantil” y “alentar la pedofilia”. Según los responsables de la Comparsa Osadía el objetivo fue hacer una crítica a los partidos políticos de derecha e izquierda, por tratar de engañar a la gente con promesas hasta meter el voto el urna. Por eso el título de la performance y que tanto adultos como niños, junto con su provocativa vestimenta, llevaban banderas de España, de partidos y también de la comunidad LGTB+.
Días después del carnaval, la Comparsa publicó un comunicado respondiendo que el uso de bodys, pedrería, sujetadores, culottes y ligueros, “es algo común que en cada carnaval está más que permitido y aceptado socialmente”.
El juzgado de instrucción número 15 de Valencia ha acordado el sobreseimiento provisional de la investigación a la ex vicepresidenta de la Generalitat Valenciana, Mónica Oltra, y a las quince personas más acusadas, en su mayoría cargos de la Conselleria de Igualdad y de su gabinete al no encontrar delito. La acusación ponía en entredicho su papel en la gestión de la Conselleria en un caso de abusos hacia menores tuteladas cometidos por el exmarido de la ex lider de Iniciativa del Poble Valencia.
Oltra, tras ser imputada inicialmente por el juzgado en junio de 2022, dimitió como vicepresidenta de la Generalitat Valenciana y portavoz del Consell y también como diputada en Les Corts por Compromís.
El auto que ha dictado el sobreseimiento de la causa, asegura que “no existe un solo indicio de que se dictara orden o instrucción alguna emanada de los cargos directivos de la Conselleria dirigida a ocultar los hechos ni a desacreditar a la menor”. Hay que recordar que la víctima fue trasladada engrilletada al juicio de su propio abuso sexual cuando todavía era menor y que tanto ella como su pareja fueron despedidos del Hospital de Torrevieja en el que trabajaban cuando el Gobierno de Ximo Puig y Mónica Oltra tomó el control del centro.
Así, una vez recibida declaración a todos los investigados, entre los que figuran técnicos y antiguos altos cargos de la Conselleria, a los testigos y examinada la ”copiosa documental obrante en autos (...) no subsiste indicio racional alguno de criminalidad contra los imputados ni, en consecuencia, fundamento alguno para dictar una resolución de imputación judicial definitiva contra los mismos“, precisa.
El instructor no aprecia indicios de delito de prevaricación administrativa ni tampoco de abandono de menores ni de omisión del deber de perseguir delitos. Respecto a Mónica Oltra, señala que no se ha acreditado que tuviera conocimiento alguno hasta el 4 de agosto de 2017 de los hechos que atribuía la menor tutelada a quien entonces era su marido. La Sala de lo Penal del Supremo ha confirmado la pena de 5 años de prisión por un delito continuado de abuso sexual a una menor de 16 años para Luis Ramírez, ex marido de Mónica Oltra. La víctima estaba tutelada por la Generalitat en el centro de acogida desde que fue declarada en situación de desamparo en 2011. Sostiene el juez que Oltra desconocía que Ramírez "fue separado de sus funciones como educador del centro de menores en el período comprendido entre el 20 de febrero de 2017 y 12 de marzo de 2017".
Asimismo, las sospechas expuestas en la denuncia y la querella iniciales acerca de que pudiera haber existido una directriz, orden o similar de la entonces consellera de Igualdad o de cualquiera de los altos cargos de la Conselleria para desacreditar a la víctima o encubrir al educador ”finalmente no han alcanzado la categoría de indicios de criminalidad y quedan como meras sospechas, especulaciones o conjeturas sobre los que no puede basarse una imputación judicial definitiva", añade el magistrado.
Teresa Tanco y su pareja y padre de sus hijos fueron los únicos trabajadores que perdieron en el empleo durante el proceso de reversión por el que el hospital pasó de estar gestionado por la empresa Ribera Salud a depender de la Conselleria de Sanidad. En el caso de la joven, el 12 de noviembre llevaba dos meses trabajando con un contrato indefinido por el que percibía 1.592 euros brutos y, al verse despedida, presentó una demanda ante el Juzgado de lo Social nº 1 de Elche que declaró vulnerados sus derechos fundamentales, nulo el despido y obligó a Sanidad a abonarle 10.000 euros en concepto de "daños morales".
Sin embargo, Tanco recurrió al TSJ porque la sentencia no ordenaba su readmisión ni el abono de los salarios de tramitación generados desde la fecha del despedido nulo hasta su vuelta al trabajo. La Sala de lo Social sí estima que, puesto que contaba con la condición de indefinida, Sanidad debe readmitir a la trabajadora "con abono de los salarios de trámite devengados hasta su readmisión", lo que suponen más de 46.000 euros brutos.
En este tiempo, además de todo el proceso judicial contra la ex vicepresidenta que ha sido archivado recientemente, la vida de Teresa Tanco ha sido caótica. Ha tenido dos hijos con la pareja de la cual se ha separado, ha perdido su custodia y viven con familias de acogida, y apenas ha encontrado recursos para vivir más allá de la ayuda de ciudadanos anónimos.
La presidenta del Congreso por parte del PSOE, Francina Armengol, ex presidenta de Baleares, ocultó el caso de las menores tuteladas que se prostituían en Baleares y que algunos educadores de los centros dejaron constancia a lo largo de 2019. Algunas jóvenes aprovechaban sus salidas o fugas para ofrecer servicios sexuales a cambio de dinero, sobre lo cual Armengol guarda silencio.
Un total de veinte casos conocidos de menores bajo tutela del Consell de Mallorca y del Govern balear, presididos por el PSOE, fueron víctimas de prostitución y abuso sexual. El caso que motivó la presentación de la querella por parte de Vox fue el de una de las menores tuteladas, oficialmente desaparecida, que fue explotada sexualmente y embarazada. El IMAS confirmó que la joven seguía en contacto con la Administración balear, que la presionó para abortar, acompañándola a una clínica privada.
Vox solicita la investigación de los hechos por presuntos delitos de dejación de las funciones de tutela y prostitución de menores por parte del Consell de Mallorca. que niñas menores de edad acudían diariamente a la estación para prostituirse a cambio de dinero. Estos clientes eran principalmente hombres de edad avanzada buscando relaciones sexuales con menores. La seguridad era prácticamente inexistente, solo contando con tres guardas de seguridad por la mañana y tres por la tarde.
Francina Armengol, aprovechó la audiencia privada que mantuvo durante una hora en el Vaticano con el Papa Francisco para informarle de las conclusiones del estudio llevado a cabo por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, sobre los casos de pederastia en el ámbito de la Iglesia Católica en España. Precisamente, tras su último encuentro con Armengol antes de Semana Santa en la Cámara Baja, Gabilondo explicó que seguía a la espera de que el Congreso pusiera fecha a su comparecencia para dar cuenta de los resultados de una investigación que ya se presentó el pasado mes de octubre.