GUZMAN1

miércoles, 7 de julio de 2021

"El cigarro", de Pedro Antonio de Alarcón.


Lío tabaco en un papel; agarro
lumbre y lo enciendo, arde ya medida
que arde, muere; muere y enseguida
tiro la punta, bárrenla... Y al carro!

Un alma envuelve Dios en frágil barro,
y la enciende en la lumbre de la vida,
chupa el tiempo y resulta en la partida
un cadáver. El hombre es un cigarro.

La ceniza que cae es su ventura;
el humo que se eleva su esperanza;
lo que arderá después su loco anhelo.

Cigarro tras cigarro el tiempo apura;
colilla tras colilla al hoyo lanza,
pero el aroma... ¡Piérdese en el cielo!



A partir del Estado de Alarma y del confinamiento decretado por el Gobierno el 15 de marzo, fruto de la pandemia del coronavirus, fuimos viendo cómo las flores de CBD llegaban a los estancos. No habíamos conocido antes la posibilidad de comprar cogollos de cannabis alto en cannabidiol en los expendedores de tabaco nacionales, pero durante el encierro nos sorprendió que podíamos hacerlo. Sin entender muy bien por qué antes no, y ahora sí, empezamos a preguntar cómo es que de repente los estancos españoles venden esa marihuana medicinal empleada por algunos pacientes para calmar sus síntomas o por algunos consumidores para relajarse, porque el CBD, que está muy de moda, no es una droga.

Sin entrar a analizar dónde se producen esas flores de cañamo, la distribución de CBD en estancos se tipificaría como "producto a base de hierbas para fumar". Aún cuando se correspondiese con un epígrafe o con otro, cualquier producto de CBD vendido en un estanco español estaría sujeto a las autorizaciones del Comisionado del Tabaco en España, y este organismo remitió una carta a los estanqueros informándoles de que la comercialización de CBD en estancos quedaba prohibida.

Como expliqué en su día, las asociaciones de cannabis son la única alternativa semilegal para los fumadores.

Según el artículo 37 del Real Decreto 579/2017, de 9 de junio, por el que se regulan determinados aspectos relativos a la fabricación, presentación y comercialización de los productos del tabaco y los productos relacionados, cualquier producto a base de hierbas para fumar tendría las siguientes obligaciones:

Los fabricantes o los importadores de productos a base de hierbas para fumar están obligados a comunicar a la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación, a través del Portal UE-CEG, y siguiendo el formato establecido en la Decisión de Ejecución (UE) 2015/2186 de la Comisión, de 25 de noviembre de 2015, la lista y cantidades de todos los ingredientes utilizados en la fabricación de los productos, especificados por marcas y tipos.

Además, los fabricantes o los importadores de productos a base de hierbas para fumar deberán presentar a la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación, con carácter previo a su comercialización, el diseño del etiquetado y envasado para cada marca y tipo de producto, al objeto de comprobar que se ajuste a los requisitos establecidos, pudiendo requerir la remisión de datos no aportados hasta completar la documentación.

Cualquier flor de cannabis que se cultive y distribuya está tipificada en los convenios internacionales, y por lo tanto el cultivo de esas flores necesitaría de aprobación de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, inclusive cuando tenga menos de 0,2 de THC. De momento, esta AEMPS solamente autoriza la producción de este cannabis con usos médicos o científicos.

Además, si fuese una producción de flores con fines alimenticios (aceites de CBD) necesitaría de la aprobación de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, y probablemente de la Agencia Española del Medicamento.

Hasta el momento, el cáñamo solo puede cultivarse para la producción de fibra de cáñamo o de semillas de cáñamo. Estas limitaciones en la finalidades del cultivo de cañamo estén seguramente al origen de que en 2020 en España haya menos de 1.000 (entre 500 y 600) hectáreas de cáñamo cultivadas. A modo orientativo, comparemos esta cifra con el número de hectáreas cultivadas de cañamo en algún otro país europeo, Francia, por ejemplo. En 2020 las hectáreas de cañamo cultivado en el país galo han rondado las 15.000: o sea que España solo cultiva el 6% del cañamo que cultiva Francia. Claro que en 2018 en España solo se cultivaron 100 hectáreas de cañamo, lo que sí respalda el crecimiento de este tipo de cultivos de cáñamo industrial, aún cuando los fines de esos cultivos no sean a veces cañamo para fibra, sino más bien la producción de flores con niveles de THC menores del 0.2%, o la producción de biomasa para la extracción de principios activos.

Las plantas de cannabis que contiene niveles bajos de THC se conocen como Cáñamo Industrial, aprobadas en la Unión Europea para cultivar y posteriormente obtener CBD, pero estas variedades tienen que tener siempre un contenido inferior al 0,2% de THC. La limitación es un poco absurda, porque parte del THC se pierde al quemarse el cigarrillo, pero en cambio la combustión del Cannabinol lo transforma en parte en TetraHidroCannabinol, que está presente en el humo de las emisiones.

Kompolti es una excelente variedad de cáñamo industrial certificada que puede cultivarse legalmente en la Unión Europea. Es una variedad estable de cáñamo industrial húngaro, con un contenido de THC por debajo del 0,2% permitido, y un alto contenido en CBD (3-7%), lo que puede ser una buena opción para usuarios o cultivadores que apuesten por una variedad con un porcentaje alto en este cannabinoide CBD, y casi sin THC.

Ya se comercializa en Suiza y Austria una variedad, para fumar, con una alta concentración de CBD. El contenido de CDB es aproximadamente del 2%. Usando métodos de extracción de alta calidad, sin embargo, se puede obtener una concentración de CDB más alta. Por ejemplo, la empresa Endoca utiliza para la producción de CBD las bajas temperaturas durante el proceso de extracción, por lo que se puede mantener todas las propiedades del  cáñamo seco original.

Si desea producir su propio aceite de CBD en casa, uno de los métodos sencillo y bastante seguro es la extracción utilizando alcohol apto para consumo y de alta graduación. Charles Pierre Baudelaire, autor de "Las Flores del Mal" y "Los paraísos artificiales", hizo ese experimento obteniendo una pasta verde tras la evaporación del alcohol. Lo hizo observando cómo a las hilanderas que manipulaban el cáñamo les producía una cierta embriaguez. 

Sin embargo, es cuestionable si el aceite extraído de las flores que tenga una concentración de un 2% puede tener aplicaciones terapéuticas, no todos los pacientes desean estar expuestos al efecto psicoactivo del THC, otros pueden no toleran los efectos del THC o están preocupados por ser dependientes de esta sustancia.

Hay que señalar para tener en cuenta que las semillas cultivadas con un nivel alto de CBD, no son estables y pueden tener diferentes niveles de THC, pudiendo llegar a superar el limite de 0,2 % de concentración de THC y pasando a ser ilegales.

CBD Therapy es una de las primeras semillas de cannabis con bajo contenido en THC y alto contenido de CBD, pero puede superar el 0,2% THC hasta 0,5% y ser ilegal su cultivo.

En las semillas de Dinamed se pudo detectar una concentración de CBD del 10% llegando incluso al 14%, mientras que el contenido de THC presenta una concentración que varía de 0,5% a 1%, por lo que pasa a ser ilegal tanto su cultivo como su uso o consumo.

Por último, hay que señalar que existen pocas variedades «legales» de CBD para comprar, ya que se puede lograr un alto contenido de CBD pero también el contenido en THC es muy superior al 0.2% permitido. Las excepciones son las variedades Bedrolite o Medropharm – 1448 (THC 0,6-0,9% / CBD 7-9%) autorizadas por el estado para fines medicinales con receta médica.

Sin hacer mucho caso a los criterios médicos, la clase política tiene interés en la legalización con fines recaudatorios. A mi juicio, vista la cantidad de personas en tratamiento psiquiátrico que acuden a las asociaciones, sólo deberían permitir el consumo bajo receta en establecimientos atendidos por farmacéuticos titulados. Estos establecimientos no pueden ser farmacias, ya que se prohibió la venta en las mismas de "cigarrillos medicinales". Pero igual que se prohibió, ahora se podría autorizar.

La prohibición no existe: los estupefacientes catalogados en el Convenio de Viena y sus anexos pueden ser prescritos por médicos si tienen utilidad terapéutica y no presenten efectos dañinos. Dejemos que los médicos puedan recetar preparados farmacológicos testados, porque difícilmente nos recomendarán fumar (de por sí) y menos productos dudosos y de producción ilegal.

El Parlamento Europeo anima a los Estados para que puedan avanzar en proyectos de investigación y países como Portugal, Italia, Francia y Reino Unido han avanzado en acceso a programas en el uso médico y supervisado del cannabis.

Ante la regulación del cannabis para uso médico, la Ministra de Sanidad, Carolina Darias, ha señalado que, en esta cuestión, “prevalece la evidencia científica y el rigor técnico”. Darias ha asegurado que el Ministerio de Sanidad realiza un seguimiento de las novedades de investigación sobre las aplicaciones médicas del cannabis, pero que son necesarias las conclusiones de la comunidad científica para poder dictaminar sobre el cumplimiento de los estándares de calidad, seguridad y eficacia que, según ha señalado, deben exigirse a cualquier medicamento.

En este sentido, la dirigente de la cartera de Sanidad ha apuntado que, en España, hay medicamentos a base de cannabis aprobados, como el Sativex o el Epidiolex, con beneficios probados para pacientes con Esclerosis Múltiple. No obstante, Darias ha resaltado que en otras patologías, los ensayos clínicos con esta sustancia “no han sido concluyentes”, obviando que desde los años 60 se demostró su eficacia con los enfermos de glaucoma. Además, Darias ha añadido que el cannabis “no está desprovisto de riesgos”.